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El INAI también se suma a impugnación de Ley de Seguridad; “viola los principios de máxima publicidad y autonomía del instituto”

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Pablo Francisco Muñoz, representante jurídico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Ley de Seguridad Interior.

Consideran que viola los principios de máxima publicidad y autonomía del INAI, por lo que se busca impugnar los artículos 9 y 31 de la Ley.

En este sentido, el artículo 9 establece que toda la información que se genere por la aplicación de la Ley de Seguridad Interior será considerada como de seguridad nacional, lo que la convierte en reservada y no habría posibilidad de que se conociera públicamente.

De acuerdo con el INAI, esto viola el principio que establece que toda la información que generen las autoridades es pública y sólo podrá ser reservada de manera excepcional, por un periodo de tiempo determinado y previa valoración de una prueba de daño.

Mientras que el artículo 31 dice que las dependencias federales y los órganos autónomos, deberán entregar la información que sea requerida por las autoridades que participen en la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional.

Por lo tanto, según el razonamiento del Pleno, se vulnera la autonomía constitucional del INAI, pues viola el derecho de protección de datos personales, ya que se tendría que revelar la identidad de solicitantes de la información.

En el documento se anexó el acuerdo tomado por el Pleno de llevar a examen constitucional la Ley, con

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