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Ley de desaparición forzada aprobada en Morelos contempla abrir cuarteles militares si es necesario: activistas

Por:  / 8 agosto, 2015
ejércitocuarteles
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(08 de agosto, 2015. Revolución TRESPUNTOCERO).- El 15 de julio pasado, el estado de Morelos aprobó un nuevo marco para atender una de las problemáticas que han aquejado al país desde la década de los 70 y que con la declaratoria de guerra al narcotráfico en el sexenio de Felipe Caldero se agravó: hablamos de la desaparición forzada.
El último día de la LII legislatura en el Congreso local, con 21 votos a favor, los diputados morelenses aprobaron la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la desaparición de personas, un hecho que ha sido calificado por diversas organizaciones como un paso importante, puesto que se contemplan diversas disposiciones que permiten atender el problema desde una mejor perspectiva.
La iniciativa aprobada fue realizada desde la sociedad civil, elaborada específicamente por la Comisión Independiente de Derechos Humanos del Estado de Morelos. Esta comisión junto con diversas organizaciones que aglutinan a familiares de víctimas, tomaron como base estándares internacionales en la materia, así como algunas disposiciones contempladas en algunos estados de la república para atender de una mejor manera el problema.  Esta propuesta de la sociedad civil para atender tan serio fenómeno, fue presentada en el Congreso local por el legislador Héctor Salazar Porcayo, diputado del Partido del trabajo.
De acuerdo con Paloma Estrada Muñoz, integrante de la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, uno de los alcances que tiene la nueva legislación es que en cualquier lugar donde haya la presunción que existe o se este cometiendo la desaparición forzada, los propietarios o responsables tienen que abrir los espacios. Esta situación se relaciona un poco con la exigencia de los padres de los 43 normalistas de Ayotzinpa, quienes piden abrir los cuarteles militares; bajo esta ley aprobada en Morelos, el ejército tendría la obligación de abrir los cuarteles para inspeccionar y verificar que no se tiene a personas privadas de su libertad.
“Una de las disposiciones que quedan en la ley es que cualquier lugar en donde se presuponga que existe o se está ejerciendo el delito de desaparición forzada, la obligación de los propietarios sería abrir estos espacios. ¿Qué quiere decir? Que a través de esto si se tiene conocimiento que en alguno de los casos de desaparición de Morelos está ocurriendo en cualquier espacio público o privado, se tiene que abrir.
“Esto nos lleva a que si nosotros pedimos que se abran los cuartes, a través de esta ley lo podemos hacer. Y uno de los casos que tenemos en el estado de Morelos, que es un morelense, no fue desaparecido en el estado sino en Guerrero, fue el del compañero José Luis Luna Torres que es uno de los 43 desaparecidos de Aytozinapa, y por tanto la ley es de suma importancia porque si a partir de este caso podemos decir que se abran los cuarteles, o todos los lugares donde sea posible que se está privando de la libertad a personas, se pude hacer a partir de esta ley”, indicó.
De igual forma, esta iniciativa impulsada desde la sociedad civil y diseñada con la participación de familiares de personas desaparecidas, contempla la figura de la Alerta por Desaparición Forzada en el estado, la cual es semejante a la Alerta por Violencia de Género. Según explica Paloma Estrada, al momento que las autoridades se declaren incapaces o existan número que considere que “desborda” al estado, esta alerta se activará.
“Estos elementos que se contemplan en la ley, los consideramos como únicos hasta el momento, la ley en Morelos es de las primeras que se están aprobando y una vez que, como sabemos que está en proceso la ley general de desaparición forzada, queremos que sean incluidos estos temas porque son progresistas, incluye al principio propersona como eje rector de esta ley, por tanto para nosotros es fundamental que quienes están trabajando esta ley a nivel federal, tomen en cuenta, es más, deben de tomar en cuenta todos los avances que contempla esta ley aprobada, pese a sus limitaciones”, dijo.
Paloma Estrada comentó que a pesar que se respetaron parte de estos “mecanismos garantes”, de último momento, existió una “adecuación de la ley” durante la discusión para su aprobación. Una de ellas fue no aprobar la figura de “declaración de ausencia”.
“La declaración de ausencia es muy relevante puesto que cuando una familia tiene a una persona desaparecida no puede hacer ningún tramite porque la personas no está muerta, no esta enferma. No puedes ver estados de cuenta, el mismo trabajo se pierde, pero todas esas cuestiones tienen que ver con esto. De cómo darle herramientas a las familias de personas desaparecidas para que hagan tramites que tengan que ver con necesidades reales de ellas, de dependientes que dejaron las personas desaparecidas, para que no sea re victimización”, apuntó.
Además agregó: “Otro de los alcances, es: instaurar un comité interinstitucional con la participación de sociedad civil y agentes del estado para entablar mesas de búsqueda y localización. Tendrá la capacidad de atraer casos. Este grupo interinstitucional podrá atraer cualquier caso abierto por desaparición o desaparición forzada, es decir no tiene una prescripción. Es importante porque permitirá a organizaciones de la Sociedad civil interesadas dar seguimiento a los casos.
“También en el articulado de la ley se menciona que la fiscalía, junto con la universidad de Morelos y la participación de la sociedad civil, se encargaran de establecer un banco de datos genéticos. Otro de los alcances es que cualquier detención que se haga en el estado de Morelos, tanto a los servicios penitenciarios como la fiscalía, y las dependencias que tenga vinculación tendrán que generar un mecanismo donde se dé a conocer la persona detenida, y debe ser público”.
Para Fernando Ríos, secretario ejecutivo de la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todas” (Red TDT), esta ley aprobada en Morelos es muy importante “porque supone avances sustantivos para la desaparición forzada y es un aporte muy importante de y para la sociedad civil en Morelos”.
Rios recordó que en estos momentos en el país no existen datos concretos sobre el número de personas desaparecidas, aunque los cálculos advierten que hay más de 23 mil.
“Estamos en un momento donde tenemos una grave ausencia de datos que nos den certidumbre sobre las personas directamente afectadas, porque sabemos que hay víctimas invisibles que son todos los familiares, personas cercanas a los desparecidos. No tenemos una documentación clara de quiénes han sido desaparecidos, tanto a manos de agentes del estado como por particulares. Vemos que las búsquedas son infructuosas, muchas veces estas búsquedas sólo se dan a través de oficios. Hemos visto como las victimas de distintas partes del país han tenido que salir a buscar directamente en fosas y que esto es muy complicado porque la experiencia es muy dolorosa”, dijo.
De igual forma manifestó que uno de las dificultades hoy en día para atender esta problemática son los tipos penales con los cuales se persiguen los delitos. Dijo que de manera común ante un caso de desaparición forzada, las autoridades no persiguen este delito, sino otros como el secuestro.
“Por otro lado los tipos penales de cómo se clasifican las denuncias, y de cómo se siguen estas demandas. Es común que se caracterice por secuestro y no por desaparición forzada, sabiendo así que se le quita toda la responsabilidad al Estado, por ser agentes del Estado que son los que actúan en la desaparición forzada. Al ponerlo como secuestro disminuyen mucho más la responsabilidad del Estado. Por eso es muy importante que se vea en esta ley, que es un modelo porque atiende a los estándares internacionales, hay una atención a las familias. Hay también mucha claridad en que son los agentes del Estado, son los servidores públicos los que ejecutan esta acción y son los que mantienen el ocultamiento de las personas, eso es muy importante para que quede muy claro en la ley y castigar y perseguir como se debe”, subrayó.
Asimismo comentó sobre la disposición que mandata que en cualquier lugar donde se suponga que hay una persona víctima de desaparición, los dueños o encargados deberán abrir los espacios para su revisión.
“Me parece relevante esto del acceso a las instalaciones, algo que se ha negado sistemáticamente a los padres de familia de Ayotzinapa que es entrar a los cuarteles, verificar y también tener el testimonio de aquellos soldados que tuvieron acercamiento con las víctimas.
“Ahora a partir de esto creo que es un precedente muy importante, así como el Grupo Interinsitucional que se tendrá que formar a partir de la ley. Saludamos a los legisladores que han hecho una realidad esta propuesta de ley porque muestra la voluntad política, muestra que si se quiere se puede sacar una ley general que también termine con la impunidad. Tenemos que decir que la desaparición forzada y la desaparición a manos de particulares siguen así por la impunidad de este país. Entonces en ese sentido es muy importante que se avance tanto en Morelos como en cada uno de los estados de la república para que se desarticulen las redes, los procesos, procedimientos que dan lugar a la desaparición forzada, es decir hay una serie de engranajes que están siendo denunciados a través de esta ley donde los servidores públicos prácticamente tienen incentivos para la desaparición forzada; esta ley contempla castigo hasta por 60 años de prisión”, señaló.
Fernando Ríos expresó su preocupación ante la consulta realizada por la Secretaria de gobernación (Segob) para la elaboración del proyecto de la Ley General para la Búsqueda de Personas No Localizadas y la Prevención y Sanción del Delito de Desaparición. Manifestó que resulta grave que esta secretaría mencione el término “no localizado”.
“La Segob está realizando una consulta que termina el próximo 14 de agosto, donde ha abierto una encuesta a través de internet y es importante porque lo que manifiestan es la Ley General para la Búsqueda de Personas No Localizadas, y resulta grave el ‘no localizadas’, porque no caracteriza bien el tipo penal, porque no localizados no implica directamente un delito. Un ‘no localizado’ puede ser una persona que se extravió por enfermad, que a lo mejor esta en un centro de detención, o un hospital. Pero la gravedad del asunto es la caracterización de ‘no localizados’ y el poco énfasis que tiene en la desaparición forzada y en la responsabilidad del Estado.
“En este sentido es muy importante el llamado a la sociedad, porque la Segob es la menos indicada para emprender esta iniciativa de ley, porque son ellos o son agentes que han trabajado en las instancias policiales, las que han participado directamente en estas desapariciones. Esta ley es un llamado a todos los estado para que se atiendan los más altos estándares en derecho humanos”, comentó.
Recordó que la desaparición forzada ha sido una práctica que en México ha sido una manera de atacar la disidencia. Citó los ejemplos de los años 70 cuando la desaparición forzada  se utilizó contra la guerrilla, cuestión que cobró un número considerable de víctimas, que a la fecha, siguen desaparecidos.
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