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Por decisión del INAI, STC deberá hacer pública solicitud de gastos de tren México-Querétaro

Por:  / 17 mayo, 2015
SCT
Banner: Alejandra Alanis
(17 de mayo, 2015).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) entregar la versión pública de la solicitud de pago de gastos no recuperables del proyecto de construcción del Tren de Alta Velocidad México-Querétaro, requerida por un particular, trámite al que la secretaría se negó en un principio, argumentando que la información estaba clasificada como confidencial.
El ciudadano recurrió al INAI tras la respuesta que recibió de la SCT en la que se le decía que no podía entregársele la información por tratarse de documentos propiedad de personas morales; sin embargo el instituto a trajo el caso y tras un análisis realizado por la comisionada Areli Cano, se concluyó que la SCT debía entregar la información.
En el estudio de Cano, la comisionada consideró que “el escrutinio al quehacer gubernamental en todas las etapas de un procedimiento de licitación de obra pública debe ser visto como la posibilidad de mejorar prácticas para una gestión eficaz y eficiente de los fondos públicos” y consideró que si bien la documentación comprobatoria de los gastos tiene carácter confidencial, la solicitud reclamada sí es un documento público.
Bajo este argumento, Cano sostiene que la Ley de Obras Públicas señala que si una dependencia no firma el contrato derivado de una licitación pública, quien resulte ganador de la misma, puede reclamar el pago de los gastos relativos a honorarios del personal técnico, profesional y administrativo que trabajó en el proyecto, además de los gastos en rubros como materiales de oficina, impresión de planos, emisión de garantías, uso de material de oficina y fotocopiado,  y viáticos para estar presentes en diversas etapas del procedimiento licitatorio, siempre y cuando estos sean razonables y estén debidamente comprobados.
A razón de este argumento, el Pleno del INAI modificó la respuesta que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes había dado al solicitante y le instruyó entregar la solicitud en cuestión o en su caso, elaborar la versión pública de dicho documento en la que no aparezcan datos personales de terceros involucrados.
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