Featured Post

Agentes del MP consienten la tortura sexual; 'se identifica con los objetivos de la policía'

Por:  / 20 mayo, 2015

TorturaViolencia
Parte 2 de 2
(20 de mayo, 2015. Revolución TRESPUNTOCERO).- El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas precisa: “Continúan dándose casos de tortura sexual, pese a que México cuenta con un importante despliegue de garantías jurídicas que deberían hacer muy infrecuentes tales casos”.
“Los funcionarios del Ministerio Público desempeñan una función clave y muchos de ellos consienten claramente la tortura sexual, tal vez porque esta acción se identifica con los objetivos de la policía”.
“Muchos médicos a los que se pide que reconozcan a los detenidos parecen estar dispuestos a hacerlo de manera superficial, o a expedir informes equívocos. Esto se explica en parte por la falta de independencia de los médicos, la mayoría de los cuales están empleados por la Procuraduría”.
“Actualmente, existen casos que nos preocupan de sobremanera: el de Verónica Razo Casales, Yecenia Armenta Graciano y Fabiola Cristel Piña Jasso; sujetas a distintos procesos. Lo urgente es que ellas alcancen la libertad, porque están injustamente recluidas en penales por delitos que no cometieron, víctimas de tortura sexual, quienes finalmente tuvieron el valor y el coraje para denunciar estas prácticas que se intensifican producto de la invisibilidad y la negación por parte del gobierno. El paso es grande, pero a pesar de la denuncia, en el mejor de los casos se abre una investigación, y muchas veces se les revictimiza a fin de no darles solución a sus casos”, asegura la abogada Gabriela Carrión Lee, colaboradora del área de Defensa de PRODH.
Verónica Razo Casales fue detenida arbitrariamente el 8 de junio de 2011 por policías federales en el Distrito Federal, a escasas calles de su domicilio. Durante la detención fue víctima de violencia sexual. La trasladaron a las oficinas generales de la Agencia Federal de Investigación (AFI), donde la torturaron física, sexual y psicológicamente (con toques eléctricos en los pechos y pies, golpes y amenazas). Un día después, la llevaron a oficinas de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) para que se autoinculpara por el delito de secuestro.
Posteriormente fue trasladada a las instalaciones de la Policía Federal, ahí la mantuvieron incomunicada, volvió a sufrir tortura y violencia sexual, por parte de los policías que la detuvieron, con el fin de obligarla a decir que ella había sido “muro” junto con su hermano en dos secuestros.
Finalmente, luego de 25 horas de tortura, a las tres de la tarde del 9 de junio fue traslada a la Procuraduría General de la República (PGR). Sin embargo, hasta el 10 de junio del mismo año le permitieron hacer una llamada después de haber rendido su declaración sin presencia de algún abogado.
Actualmente se encuentra en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) No. 4 en Tepic, Nayarit; Verónica espera una resolución judicial que determine su inocencia para alcanzar la libertad y justicia.
“La violencia sexual es una forma de tortura que se puede ejercer hacia hombres o mujeres, y que en el caso de las mujeres lleva siempre una connotación de misoginia, a través de frases, tocamientos en partes íntimas y atiende a los roles de género que tienen muy introyectados los policías, militares y marinos. La sexualización de la tortura hacia las mujeres incluye llamarlas ‘perras’, insistir en que a ellas les gusta eso, que este es su papel”, sentencia Araceli Olivos Portugal, abogada de PRODH.
En las denuncias sobre tortura sexual, un factor importante es el papel del Poder Judicial, ya sea en el ámbito  común o en el Federal, y es que a decir por Carrión Lee, carecen de una perspectiva de derechos humanos. Además de una ‘falta de perspectiva de género’, y una reticencia a actuar, principal obstáculo al que se enfrentan las ONG’S con las autoridades.
En el plano jurisdiccional existen otras barreras, como ejemplo, Carrión Lee asegura que cuando existen pruebas de que hubo tortura sexual y protocolos de Estambul, que consisten en dictámenes, aún teniendo a la mano estas pruebas, a la víctima se le sigue involucrando en los procesos, dando valor probatorio a las confesiones, o a los partes informativos, que son consecuencia del fenómeno de la tortura sexual, provocando la barrera con autoridades jurisdiccionales.
El 10 de julio de 2012 Yecenia Armenta Graciano salió de su domicilio alrededor de las 7 am, con dirección al aeropuerto de Culiacán, Sinaloa, conduciendo su vehículo  acompañada de su hermana  y su cuñada. En el entronque de la carretera Culiacán-Navolato un vehículo tipo Tsuru, marca Nissan, la obligó a detenerse. 
Dos hombres sin identificación oficial las obligaron a subir a diferentes vehículos, les dijeron que el coche que las transportaba estaba reportado como robado. Yecenia fue llevada a un lugar tipo bodega-estacionamiento en donde fue sometida a tortura física, sexual y psicológica por parte de policías ministeriales de Culiacán.
Después de 15 horas de tortura, fue obligada a declararse responsable del asesinato de su esposo Jesús Alfredo Cuen Ojeda, quien ocho días antes (2 de julio) fue privado de la vida en una situación que ella desconoce.
 El  13 de julio fue arraigada, y el 25 de julio del 2012 la trasladaron al Centro de Consecuencias Penales de Culiacán, Sinaloa. La defensa y su familia promovieron una demanda de amparo por privación ilegal de la libertad, posibles malos tratos y tortura ante el Juzgado Tercero de Distrito, bajo el número de expediente 545/2012, cuya resolución se encuentra pendiente.
Se aportó una prueba pericial del Protocolo de Estambul, realizada del 10 al 13 de enero de 2014, por peritos internacionales miembros del Grupo de Expertos Independientes en Medicina Forense del Consejo Internacional de Rehabilitación de Víctimas de Tortura (IRCT) en donde señalan que: “ la Sra. Yecenia Armenta Graciano ha presentado lesiones físicas claramente compatibles y consistentes con los métodos de tortura sexual y malos tratos, que presuntamente le han sido infligidos en el día 10 de julio de 2012”.
El caso de Yecenia Armenta Graciano ha sido del conocimiento del Relator de la Tortura, Juan Méndez, en su reciente visita a México y que como bien señala “en México se sigue usando la tortura (entre ellas la sexual) excesivamente para la obtención forzada de confesiones”.
El proceso de una imposición de delito inicia con una detención ilegal, sin una orden de aprehensión, ni orden de presentación o localización; posteriormente será la incomunicación donde generalmente  se le da paso a la tortura sexual. “En el país existen muchas mujeres que no se han atrevido a denunciar este tipo de tratos, lamentablemente sólo se conocen 11 casos, pero no son los únicos”, sentencia Carrión Lee.
El papel de los organismos de derechos humanos, tales como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), además de las comisiones estatales, deberían ser quienes mantienen atribuciones en dichos casos, “pero muchas veces es ahí donde también se encuentran negativas. En un caso concreto, la visitadora adjunta nos dijo que no se aplican protocolos Estambul, lo cual es una mentira, esto es solamente un ejemplo sobre el nulo apoyo a las víctimas, pero existen muchas otras prácticas”, comenta la abogada.
Es así como los obstáculos en demandas de tortura sexual también incluyen autoridades ministeriales unidireccionales y organismos de derechos humanos, que no mantienen una actuación eficiente ni sensible ante la problemática. En Washington las ONG’S propusieron la generación de un mecanismo que dé seguimiento de los casos sobre  tortura  sexual, totalmente independiente del gobierno, para mantener el propósito de la denuncia y llegar a una sentencia real.
Con respecto a los impactos físicos de la tortura sexual, factores como la posible retención, incomunicación o encarcelamiento de las víctimas y la falta de investigación inmediata de denuncias de tortura en un gran número de casos, derivan en la falta de acceso a servicios de salud adecuados, gratuitos, accesibles y expeditos; por lo que los efectos pueden ser permanentes.
Según la psicoanalista Carmen Flores, “al obstaculizar el acceso a servicios de salud inmediatamente después de una violación, la víctima de tortura sexual enfrenta principalmente riesgo de un embarazo, pero también el contagio de una enfermedad de transmisión sexual. La falta de atención médica física y psicológica aumenta las afectaciones que pueden convertirse en permanentes, ya que las víctimas viven angustiadas por los efectos que pueden tener estas violaciones y se sienten aún más devaluadas al no haber ninguna protección, pero a las autoridades no les importa porque prestar ayudar es aceptar que sí se ejerce tortura sexual, siendo ésta lo que caracteriza al violento México”.
“Los efectos de la tortura sexual pueden continuar durante años, pueden ser psicosomáticos, los cuales se quedan plasmados para siempre, es así como el sufrimiento físico y el psicológico se entrelazan y constantemente derivan en depresiones severas y crónicas. Padeciendo estrés postraumático, re experimentación del trauma, dificultad de convivencia, culpa, degradación, estigmatización y vergüenza. Problemas alimenticios, constante agotamiento y asfixias, además de insomnios constantes, son factores que pueden traen incluso como consecuencia, el intento de suicidio”, complementa Flores.
1 (5)
¡Comenta, debate y comparte este post!, recuerda ¡Romper el cerco informativo está en tus manos!

¡No te pierdas y comparte los programas de #TVDELBOTE!
Por cierto, ¿Ya hiciste tu contribución económica?, ¡Espero tu apoyo para www.tiraderodelbote.com http://ow.ly/qbLIv