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Nuevos #lineamientos de #MVS violan contrato de #Aristegui y excluyen a #ombudsman: #SosaPlata

Por:  / 15 marzo, 2015
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(15 de marzo, 2015).- Gabriel Sosa Plata, defensor de las audiencias de la empresa MVS emitió hoy el posicionamiento público de la Defensoría, respecto a los nuevos lineamientos presentados por la empresa, que entrarán en vigor mañana lunes 16, luego del conflicto derivado del supuesto “uso indebido” de la marca MVS por el equipo de trabajo de la periodista Carmen Aristegui, y que derivó en el despido de dos de sus colaboradores de la unidad especial de investigación: Daniel Lizárraga e Irving Huerta.
Organizaciones defensoras del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información como la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), se pronunciaron en contra de los lineamientos presentados por la empresa de Joaquín Vargas, al lastimar la libertad de expresión de sus colaboradores en detrimento de la democracia de por sí muy dañada del país.
Para el ombudsman de MVS es inédita la campaña emprendida por MVS en contra de Aristegui tras conocerse su participación en el proyecto MéxicoLeaks, conflicto que según Sosa Plata, pudo resolverse mediante el diálogo, no siendo así, éste tomó dimensiones cada vez más grandes que derivaron en el despido de los colaboradores de la periodista y en la publicación de los nuevos lineamientos que regirán a todos los conductores y respectivos colaboradores de la empresa radiofónica.
Sin embargo, la Defensoría aplaude la medida de los directivos de MVS por hacer públicos los nuevos estatutos que entrarán en rigor mañana lunes 16,  ya que dicha práctica “abona a la transparencia de la relación entre empresa y los periodistas, y sobre la cual no se tiene antecedente alguno en los medios de comunicación en México”.
Asimismo, permite a la Defensoría hacer un análisis de los mismos desde el momento en que éstos se dieron a conocer.
Sin embargo, el defensor de las audiencias de MVS resalta la grave omisión que la empresa hizo al no consultarle sobre las nuevas medidas tomadas por los directivos ya que éstas incorporan “ elementos éticos y deontológicos de observancia obligatoria para los conductores de Noticias MVS”, materia prima en la defensoría que Sosa Plata ejerce en la empresa.
También se reconoce el derecho que la empresa tiene para establecer las reglas que tendrán sus relaciones con los conductores de sus espacios informativos siempre y cuando tales “no violen la ley ni los derechos fundamentales de los contratados”.
En los medios electrónicos –explica la Defensoría- es común que los concesionarios determinen la línea editorial de sus espacios informativos toda vez que éstos son los responsables jurídicos ante las instancias que regulan los contenidos. Pero también se presentan casos en los que los conductores establecen un acuerdo verbal o estipulado en sus respectivos contratos en los que se acuerda ningún tipo de injerencia en la línea editorial de los espacios de información de parte de los directivos de la empresa, ya que la relación laboral esta basada en la confianza que los dueños del medio tienen con sus colaboradores por su “profesionalismo y ética del periodista, así como en los valores universales del periodismo ético: equilibrio en las fuentes, veracidad de la información, derecho de réplica, etc”.
Como es el caso de la periodista Carmen Aristegui, unida de forma contractual desde enero de 2009 con MVS. Es precisamente en el contrato firmado en esa fecha que el Anexo B “Sobre política editorial y reglas de conducta ética”, establece que “los titulares de cada una de las emisiones serán responsables finales del contenido y dinámica de sus espacios” con el fin de desarrollar el trabajo periodístico con total independencia de los directivos de la empresa, siendo éste un ejercicio positivo para libertad de expresión. Es decir, Carmen Aristegui por contrato, tiene la última decisión respecto al contenido de su espacio informativo.
Sin embargo, lo nuevos lineamientos publicados por la empresa –que no “son producto de una acción consensuada” entre la periodista y los directivos- modifican sin más las condiciones del contrato entre Aristegui y MVS firmando por común acuerdo en 2009, lo que implica consecuencias jurídicas que la Defensoría “no tiene facultades de analizar”.
Los nuevos lineamientos obligan a los conductores de los diferentes espacios informativos de MVS a participar en el Comité Editorial a fin de presentar por anticipado la agenda que cada uno tiene para sus futuros proyectos y emisiones radiofónicas, deben realizar promociones cruzadas, transmitir de forma especial desde donde la empresa les ordene e informar a los directivos sobre sus intereses personales y profesionales, omitiendo especificar derechos de los mismos más allá de contraprestaciones por sus servicios. No hay mención –advierte la Defensoría- del derecho a la libertad de expresión, siendo ésta una omisión grave con contradice lo establecido por la Constitución Mexicana.
Asimismo, Sosa Plata pone en evidencia la intromisión a la vida privada que los nuevos lineamientos dejan entrever toda vez que los conductores están obligados a informar si pertenecen a “asociaciones, grupos, organismos gremiales, políticos o de la sociedad civil” así como “de los ingresos obtenidos por labores diferentes a las realizadas para la empresa”. Obligaciones que para la Defensoría, no tienen relación con el ejercicio del trabajo periodístico realizado en MVS.
Para el obmudsman de la empresa, existió una omisión importantísima por parte de los directivos de la empresa radiofónica al excluir de los nuevos planteamientos al defensor de las audiencias Gabriel Sosa Plata y en cambio establecer que “con las demandas de nuestra audiencia, a la que escucharemos a través de estudios profesionales de mercado que realizarán empresas especializadas y de gran prestigios”. De esta forma, no hay ya algún lazo contractual  para oír y dar seguimiento a la observaciones del ombudsman de MVS, ya que éstas serán mediante “estudios profesionales de mercado”, en contraposición con el Estatuto del Defensor de la Audiencia de Noticias MVS, un acuerdo derivado de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
En conclusión, estamos frente a una decisión de empresa de llevar directamente, a través del Director de Noticias MVS, la agenda informativa de los noticiarios, coordinar la unidad de investigaciones especiales (que estaba bajo la dirección de la periodista Carmen Aristegui), nombrar (en conjunto con los conductores) a sus colaboradores; modificar segmentos, mesas de debate, participación de comentaristas o secciones con base en los estudios de “empresas especializadas”, insertar libremente contenidos en las emisiones (sin acuerdo con los conductores), prescindir de los corresponsales extranjeros “para optimizar recursos financieros” (lo que tendrá implicaciones en la calidad de la información internacional que se ofrece a la audiencia) y ordenar la transmisión de los noticiarios desde cualquier localidad que se indique.
En el trabajo cotidiano, esto en mayor o menor medida se cumplía en las diferentes emisiones, con excepción, por contrato, del noticiario que dirigía Carmen Aristegui, por lo que se reitera respetuosamente el exhorto a MVS Radio y a la periodista para llegar a un acuerdo que privilegie los derechos de la audiencia, el periodismo de calidad y la libertad de expresión de los periodistas y el medio.
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