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CNDH emite recomendación a Salud, Sedena y Marina, por incumplimiento de normas clínicas

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Ante la omisión sistemática en el cumplimiento de normas oficiales sobre la integración de expedientes clínicos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida a titulares de diversas instituciones, entre ellas las secretarías de Salud, Defensa Nacional y Marina.
La recomendación incluye también a gobernadores de las entidades federativas y de la Ciudad de México, y a los directores generales de los Institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS), de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y Petróleos Mexicanos (Pemex).
Por medio de un comunicado difundido ayer, la CNDH destaca que “la inobservancia y la omisión sistemática en el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas sobre la integración del expediente clínico, por parte del personal de salud de diversas instituciones públicas, muestra un incremento tendencial y repercute de manera profunda en la información disponible que el usuario del servicio de salud o sus personas autorizadas tienen para tomar una determinación adecuada sobre su atención médica”.
Y precisa que “al estar considerada esa irregularidad en 96 recomendaciones dirigidas a diversas instituciones de salud pública, entre los años 2010 y 2016, emite la Recomendación General 29 sobre el expediente clínico como parte del derecho a la información en servicios de salud”.
De acuerdo con la CNDH, el derecho a la información en materia de salud comprende tres aspectos fundamentales: el acceso para recibir todo tipo de información relacionada con la atención de la salud, la protección de datos personales, y que la información cumpla con los principios de accesibilidad, confiabilidad, verificabilidad, veracidad y oportunidad sobre el estado de salud del paciente.
“El derecho de acceso a la información en materia de salud, relativo al expediente clínico de las personas, consiste en aquella libertad atribuible a los usuarios de servicios médicos para solicitar, recibir y conocer todas las constancias y elementos que integran dicho expediente clínico”, subraya.
Resalta la obligación positiva del Estado para eliminar todas las prácticas que impidan al paciente el acceso al contenido de su expediente clínico, así como la implementación de acciones tendentes a garantizar la libertad para recibir y conocer su información médica.
Con ello, agrega, se está en posibilidad de ejercer adecuadamente otros derechos, como la protección de la salud y a decidir y consentir de manera informada su tratamiento médico.
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