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Con nueva ley será legal dejar morir a un paciente por motivos religiosos; “instrumento para incumplir con la obligación de salvar vidas”

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(11 de octubre, 2017. Revolución TRESPUNTOCERO).- En comunidades pobres y lejanas como las indígenas en Chiapas, es raro que haya un médico en la clínica de salud. Generalmente es solamente un espacio vacío y cuando llega haber medicamentos, son algunas cuantas cajas de paracetamol. Pero si llegara a ver uno y él perteneciera a una religión que prohibe la transfusión de sangre, de llegarse a presentar un caso de vida o muerte él se puede negar a realizar dicho procedimiento y posiblemente dejar morir al paciente. Lo anterior describiría la ‘Objeción de conciencia’. Un argumento o razonamiento que se da por una ideología o creencia religiosa, explica la Diputada Mariana Trejo.
“Es un tema muy politizado tiene algunos argumentos a favor y otros en contra principalmente tiene una gran trascendencia porque vamos a perjudicar la perseverancia de lo que estamos buscando que es el bienestar del cuidado de la salud”, indica la legisladora aRevolución TRESPUNTOCERO.
Este martes, la Cámara de Diputados aprobó, con una votación general de 313 votos a favor, 26 abstenciones y 105 en contra, reformas a la Ley General de Salud, con el fin de “reconocer el derecho a la objeción de conciencia del personal médico que no acceda a realizar determinados procedimientos”.
La legisladora señala que, “hablamos de un estado laico, todos sabemos que reconoce la libertad individual en la cual no se puede impedir el ejercicio de los derechos de los demás y uno de ellos es el derecho la salud, así lo marca el artículo cuarto constitucional.
No podemos cumplir las convicciones religiosas por ser un motivo de incumplir leyes. Porque primero están las normas jurídicas y ante todo está el derecho a la protección de la salud, el cual es un derecho humano y por ello sí contrapone un riesgo a la vida de la persona”.
Aunque también salió un adendo, 15 minutos antes que se realizara la discusión, los dictámenes y los posicionamientos dicen que en caso que fuera una emergencia dentro del rubro médico-paciente ya no puede ser un médico objetor y sí lo tiene que atender.
“Pero se deja el tema muy en general, muy ambiguo. Esto no debemos dejarlo a la ligera y viendo nada más la laicidad, también lo tenemos que ver en un panorama de horizonte médico sanitario y de protección a la salud del paciente
No es un asunto que nada más tenga que ver con el aborto y lo ginecológico; puede ser para cualquier persona. Es decir, una persona puede tener un accidente, se esta desangrando entonces si le toca un médico testigo de Jehová y se niega a hacer una transfusión de sangre podrá hacerlo con libertad, dirá que es un médico objetor y si no hay otro médico a quien pedirle la atención, la persona se muere.
Sabemos que sistema Nacional de salud no tiene una plantilla completa de personal en cada instancia hospitalaria yY lo sabemos los que somos trabajadores del servicio de salud, sabemos las deficiencias que hay en cada una las instancias médicas”, indica la también licenciada en Enfermería.
Se indica que dicha iniciativa llegó a la Comisión desde 2015, y fue hasta este martes que se abordó y debatió. “El tema lo debemos analizar desde los derechos humanos. Respetamos el libre credo, el derecho humano y la libertad religiosa, pero ante todo se debe respetar el derecho de los seres humanos a decidir sobre su propio cuerpo”, señala.
Además, explica que el dictamen no profundiza en materia de derechos humanos, no se encuentra una libertad del ejercicio de la profesión y sobre todo de la libertad de elección del individuo, lo que significa negarle el derecho a la salud.
“Además, el juramento hipocrático de preservar y conservar la salud se contradice. Quienes votan a favor, están objetando primero a una convicción religiosa y están incumpliendo las leyes de una norma jurídica del derecho y la protección a la salud. Aquí el asunto es no abusar de la libertad religiosa y no abusar de las creencias.
Es un tema muy álgido pero somos legisladores y estamos legislando a favor de la ciudadanía no del pensamiento crítico de cada legislador”. Dicho dictamen se divide en cuatro puntos, es decir, el médico puede declararse objetor y no realizar procesos de anticoncepción, donación de órganos y tejidos, aborto o legrado, a lo cual le da mayor importancia la objeción de conciencia.
Desde este martes, la Secretaría de Salud tendrá 180 días vigentes para redactar y emitir los lineamientos. “Ahora sí ya vamos a tener médicos buenos y médicos malos. Cuando la verdad es que tenemos un sistema nacional de salud deficiente, que no está apto para atender a toda la población en general de México y existen más prioridades, por lo que esta iniciativa para mí es totalmente innecesaria”, argumenta la legisladora.
Dicha reforma fue promovida por el Partido Encuentro Social (PES), puntualmente por la diputada Norma Edith Martínez Guzmán. Quien también presentó la iniciativa para considerar la educación sexual en los libros de texto como pornografía y que, durante la discusión de los matrimonios igualitarios, declaró que, “si se permitían los enlaces entre personas del mismo sexo, después las personas se casarían con delfines y laptops”.
Dentro de los riesgos de aprobar dicha reforma, Morena señaló, que se encuentra el no poder dar paso a una interrupción legal del embarazo por violación, si el médico se niega a otorgarles la atención argumentado “que su religión se lo prohíbe”.
Sobre el tema, la derechohumanista Ana María Ordoñez, señala a Revolución TRESPUNTOCERO que la objeción de conciencia no es más que un instrumento para incumplir con la obligación de salvar vidas, que al mismo tiempo se convierte en una lesión a la propia conciencia. “¿O no le va remorder la conciencia al médico haber dejado morir a un paciente porque su religión le prohibió permitirle vivir?”, cuestiona.
Esto, señala, es tan absurdo, que en todo caso para preservar la vida dentro de los exámenes para iniciar la carera de medicina se debe incluir qué harían en casos como éstos, si anteponen su religión, aceptan que violarán el juramento hipocrático. Suena exagerado y tal vez lo sea, pero tanto como la reforma. Finalmente viene de alguien que señala que ‘la educación sexual es pornografía’.
“No es que se prohiba el derecho a disentir. Bueno, mejor que nadie los defensores de Derechos Humanos sabemos que no existe tal derecho y que si se ejerce hay violación a nuestros derechos, pero en este caso, no puedes ejercer la objeción de conciencia por encima de una vida. Eso contaría (humanamente) como homicidio. Es decir desde ambos lados hay un conflicto para quien podría ejercerla, pero por sentido común dejo morir a una persona o no. Pero finalmente la reforma ya se aprobó y ahora hasta ya es legal dejar morir a un paciente”, señala.
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