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Yunes Linares revive y aumenta el impuesto al hospedaje derogado por Javier Duarte; ni albergues se salvarán

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Miguel Ángel Yunes Linares, gobernador de Veracruz, propuso ante la LXIV Legislatura la re aplicación y aumento del 2 al 3 por ciento al impuesto al hospedaje derogado por Javier Duarte.

De esta manera, los objetos de este impuesto serían la prestación de servicios de hospedaje, proporcionados dentro del territorio del Estado, ya sea de manera permanente o temporal, por hoteles, hostales, moteles, posadas, mesones, o tiempo compartido.

También los albergues, campamentos y paraderos de casas rodantes; así como villas, búngalos, suites, casas de huéspedes, o cualquier otra instalación utilizada de manera ocasional o permanente para ese fin.

Los que no se considerarán serán los servicios de hospedaje, el albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, asilos, conventos, seminarios, internados o cualquier similar a éstos.

Durante la sesión de este martes, Yunes Linares pidió que, en apoyo al desarrollo turístico, se restablezca dicho impuesto.

A finales de 2015, a propuesta del ex gobernador, Javier Duarte, se derogó dicho gravamen que en su momento era del dos por ciento. Dejó de cobrarse durante todo el 2016 y lo que va del 2017.

Ahora, se entenderá por prestación de los servicios de hospedaje, el otorgamiento de albergue o alojamiento a cambio de una contraprestación, siendo sujetos del mismo las personas físicas o morales.

De igual manera, cuando los contribuyentes convengan en la prestación de este servicio e incluyan servicios accesorios, tales como transportación, alimentos, uso de instalaciones u otros similares y no desglosen y comprueben la prestación de estos últimos, se considerará que corresponde a la prestación de servicios de hospedaje.

Yunes Linares explicó que, en caso de que se aprobara su propuesta, se crearía un Fideicomiso, el cual destinará el 90 por ciento del ingreso que perciba el Estado a la promoción y difusión de las actividades turísticas en la Entidad.

Según el artículo 114, se contará con un Comité Técnico que estará integrado por diversos funcionarios estatales para los efectos del ejercicio de los recursos del Fideicomiso.

Si los diputados aprueban el decreto, entraría en vigor al día siguiente  de su publicación y deberá constituirse en un plazo de sesenta días naturales, por lo que el Ejecutivo del Estado lanzará la normatividad en donde se establezca las bases de funcionamiento del Comité Técnico del Fideicomiso en un plazo no mayor de sesenta días naturales.

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