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REDIM reprueba limpieza social realizada por Gobierno de la CDMX contra de población callejera

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De acuerdo a la Red por los Derechos de la infancia en México (REDIM), asegura que las acciones de limpieza social realizadas por autoridades contravienen lo establecido en el “Protocolo interinstitucional de atención integral a personas en riesgo de vivir en calle e integrantes de las poblaciones callejeras en la Ciudad de México”.
Que dice: “Bajo ninguna circunstancia los entes responsables o corresponsables en el presente Protocolo podrán realizar desalojos o retiros forzosos de personas integrantes de las poblaciones callejeras, que se encuentren en la vía pública o dentro de algún espacio público.”
La organización asegura que con este desalojo forzado, el Gobierno de la Ciudad de México viola la confianza política depositada por organizaciones de la sociedad civil, que en los últimos meses ofrecimos propuestas, trabajo técnico y articulación de acciones.
Pero sobre todo se violan las leyes contra la discriminación hacia esta población. Ignora lo establecido en el Programa de Derechos Humanos en el capítulo relativo a las poblaciones callejeras así como la nueva Constitución de la Ciudad de México que establece en el Artículo 11 inciso K: “Esta Constitución protege a las personas que habitan y sobreviven en las calles.
Las autoridades adoptarán medidas para garantizar todos sus derechos, impidiéndose acciones de reclusión, desplazamiento forzado, tratamiento de rehabilitación, internamiento en instituciones o cualquier otra, sin su autorización. Se implementarán medidas destinadas a superar su situación de calle.”
Y explica que bajo el argumento que existían personas vendiendo droga entre la población que vive en calle, el día 8 de febrero de 2017 alrededor de las 14:00 horas autoridades desalojaron a las poblaciones callejeras que habitan sobre las calles de Artículo 123 y Humboldt.
Durante el operativo, al menos un centenar de elementos de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) acordonaron la zona y quitaron las pertenencias a quienes habitaban ese espacio, entregándola a trabajadores de limpieza. 
 
REDIM insistió en que vivir en la calle no es un “fuero de impunidad” por lo que todo acto delictivo tiene que ser sancionado de acuerdo al debido proceso y garantías judiciales. “Pero es lamentable que se use este argumento barato para criminalizar a todas las personas que sobreviven en el espacio público por falta de políticas públicas de inclusión social.
Nadie merece vivir en la calle, y desde hace décadas hemos trabajado para lograr que la Ciudad asuma su responsabilidad, sin que hasta el momento contemos con una política pública que les reconozca como ciudadanos de pleno derecho, les involucre en los temas que les afectan y articule los esfuerzos de todas las dependencias públicas.
Hemos encontrado en el camino, funcionarios y funcionarias comprometidos con esta población, pero carentes de los recursos, infraestructura y respeto a su trabajo”.
 
Además, invitaron a las autoridades a recuperar la confianza de las y los integrantes de las poblaciones callejeras y de la sociedad civil que les ha acompañado, esto es fundamental para continuar construyendo a favor de los derechos humanos de este grupo social.
 
En este contexto, solicitaron al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México: Asumir el error cometido con el grupo de Artículo 123, ofrecer una disculpa pública y pronunciarse contra los operativos de limpieza social de poblaciones callejeras.
Presentar información sobre el paradero de las personas desalojadas, devolverles sus pertenencias, acordar con ellos las opciones de tratamiento para su inclusión e impedir su persecución por parte de los policías que resguardan el lugar del desalojo. 
Retomar la propuesta diseñada por sociedad civil denominada “Somos vecinos” que busca realizar trabajo educativo con integrantes de la población callejera de Artículo 123 y la Ciudadela, junto con autoridades y comités vecinales; a fin de que ellas y ellos decidan salir paulatinamente de la sobrevivencia en las calles.
Informar sobre el seguimiento a cada una de las personas desalojadas sobre todo de las personas que viven con discapacidad e identificar a las autoridades que diseñaron e instrumentaron el operativo para fincarles responsabilidades administrativas y penales por la violación a derechos humanos.
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