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Denuncian muerte de indígena embarazada en Hospital de Guerrero; se rieron y dijeron que “se iban a dormir un rato”

INDÍGENAS, COELLO
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(27 de octubre, 2016. Revolución TRESPUNTOCERO).- Este miércoles, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al Gobernador del Estado de Guerrero, Héctor Astudillo Flores, por el caso de una mujer indígena amuzga, de 27 años de edad, quien falleció cuatro horas después de dar a luz, como consecuencia de actos y omisiones atribuibles a personal médico del Hospital General de Ometepec.
Mediante un comunicado, la Comisión explicó que el 29 de noviembre de 2014, la mujer indígena, con 40.7 semanas de gestación, presentó un moderado sangrado transvaginal, por lo que acudió al Centro de Salud Rural de Población Dispersa, donde llevaba su control prenatal, y tras ser valorada fue remitida al Hospital General de Ometepec, Guerrero.
“A las 11:00 horas de ese mismo día, la mujer ingresó al servicio de urgencias de ese nosocomio, dependiente de la Secretaría de Salud de la entidad, donde dos servidores públicos le realizaron valoraciones médicas, a las 11:00 y 16:45 horas, y en ambas ocasiones se le dio de alta, únicamente con datos de alarma obstétrica y cita abierta en ese departamento; finalmente, en una tercera valoración, a las 19:50 horas, un doctor decidió ingresarla al área de tocología.
“A las 22:59 horas de esa fecha, la agraviada dio a luz una niña, quien sufrió lesión en el brazo derecho a la altura del hombro. Después del parto, la mujer presentó hemorragia transvaginal originada por un cuadro de placenta increta, lo que provocó el deterioro de su salud y, posteriormente, la pérdida de la vida, a las 03:20 horas del 30 de noviembre de 2014. En el certificado de defunción se estableció como causa de la muerte: “anemia aguda por hemorragia uterina posparto”, detalló la Comisión.
Tras concluir su investigación, la CNDH “acreditó violaciones a derechos humanos a la protección a la salud de la mujer y su recién nacida; a la vida de la agraviada; a una vida libre de violencia obstétrica; de acceso a la información en materia de salud y de integridad personal de la recién nacida, en relación con la obligación de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad en los servicios de salud”, acusó.
La Comisión cita mediante un comunicado la nota publicada por La Jornada Guerrero publicada el primero de diciembre del 2014. En ella, el medio difundió el testimonio de un familiar de la víctima, quien narró que la mujer “había recibido atención en el centro de salud comunitaria de Cochoapa durante el desarrollo de su embarazo, por lo que no presentaba ninguna complicación para el trabajo de parto, y hasta llegó contenta al hospital regional de Ometepec la tarde del sábado”.
El médico, sin embargo “contestó “mañana te atiendo” cuando al mediodía ya a bordo de una camioneta oficial se le preguntó sobre este caso, y ante insistencia del corresponsal se limitó a decir: “nada, está todo cerrado, está bien toda la paciente”, y se fue del hospital regional”.
En la recomendación, la Comisión relata que un familiar atestiguo que “aproximadamente a las 03:00 horas del 30 de noviembre de 2014, una enfermera preguntó por los familiares de la hoy occisa para que pasaran a controlar a la paciente debido a que estaba haciendo feo y tenían que calmarla, indicando que las enfermeras se encontraban enfadadas con la paciente, ya que ellas habían tratado partos de chamacas de doce años, y ya estaba vieja para que hiciera eso; por lo que una vez que entró con la víctima pudo observar que se encontraba convulsionando, solicitó a las enfermeras que le ayudaran porque su hija estaba sangrando de su mano derecha, pero éstas no hicieron caso al igual que el médico que se encontraba presente; por otro lado, las enfermeras le preguntaron si tenía esposo y al responder que no, comenzaron a reírse y refirieron que se irían a dormir un rato”.
Agregó:  “al observar que se encontraba en mal estado, le gritó al médico para que la auxiliara, por lo que el médico se acercó a la cama y la alzó, quedando sentada, con lo que se tranquilizó y durmió; momento en que él aprovechó para salir a comunicarse telefónicamente con sus familiares e informarles de la situación pero cuando regresó observó que la mujer tenía las labios blancos, sacaba espuma por su boca y los ojos hinchados, por lo que al tocarla se percató que ya había fallecido, posteriormente le informaron que había fallecido porque se le había subido el agua de la fuente a la cabeza” además, narró, “unas de las enfermeras grabó con su teléfono celular a la víctima cuando se encontraba convulsionando”.
De este modo, la Comisión Nacional formuló al Gobernador de Guerrero 10 puntos recomendatorios, “entre ellos se pague una compensación justa a los familiares de la víctima por concepto de compensación del daño ocasionado, y por concepto de rehabilitación se otorgue atención médica a la recién nacida lesionada a través de un equipo multidisciplinario de especialistas en el área de salud, incluyendo pediatra, neurólogo, enfermería, trabajo social, terapeutas y demás que llegara a requerir, para evitar mayores alteraciones y limitaciones físicas”.
Todo ello, aseveró la instancia,  de manera gratuita, inmediata y en un lugar accesible para la víctima, con consentimiento de sus familiares, brindando información previa clara y suficiente; incluyendo los tratamientos que deberán ser provistos por el tiempo que sea necesario, e incluir los respectivos medicamentos y el transporte de su domicilio al lugar donde se brinde el servicio.
Asimismo, la CNDH pide que a los abuelos, quienes quedaron a cargo  de la recién nacida, se les otorgue atención psicológica.
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