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Los ministros Arturo Zaldívar y José Fernando Franco González, en la SCJN.
Foto: Germán Canseco
Foto: Germán Canseco
En lo que fue un primer criterio jurisprudencial sobre el alcance del fuero militar, la SCJN resolvió por ocho votos a dos que los delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas contra civiles, sobre todo donde hay violaciones a los derechos humanos, no pueden ser investigados y sancionados por tribunales militares.
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