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TEPJF avala conteo rápido para el uno de julio

 
TEPJF avala conteo rápido para  el uno de julio
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la realización de una encuesta nacional o conteo rápido para conocer la tendencia

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la realización de una encuesta nacional o conteo rápido para conocer la tendencia de los resultados de la elección de presidente de la República.

Lo anterior, en respuesta a una impugnación presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD). Este partido argumentó que la decisión del Instituto Federal Electoral (IFE) de no incluir la totalidad de las casillas como parte de la muestra del conteo rápido afectaría la certeza al proceso de votación.

El magistrado Pedro Penagos recordó que el artículo 119 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) otorga al presidente del IFE la facultad de ordenar la realización de encuestas nacionales basadas en actas de escrutinio y computo para conocer la tendencia mencionada.

Recordó que el TEPJF revocó el conteo rápido (la madrugada del 5 de mayo) por considerar que el procedimiento muestral aprobado originalmente ocasionaba incertidumbre.

Sin embargo, acotó, al avalar un nuevo proyecto al respecto, el instituto subsanó la deficiencia y definió una muestra que incluye 7 mil 597 casillas urbanas y rurales, representativas de los 300 distritos electorales.

Incluso, agregó, para los casos de Baja California y Sonora (cuyo horario es distinto al del resto del país), el IFE incluyó una "sobremuestra".

"Al tratarse de la elección de Presidente es importante que los electores cuenten con información cierta, confiable, respecto del posible triunfador en la elección, sobre todo información oportuna", agregó la magistrada María del Carmen Alanis.

Alejandro Luna Ramos, presidente del TEPJF agregó que la realización de una encuesta nacional o conteo rápido contribuye a los principios de certeza y objetividad que deben imperar en el proceso electoral, porque estará basada en un soporte documental "determinante".
Con información de El Universal
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