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El Juez José Daniel Nogueira Ruiz informó sobre la resolución del amparo 903/2011, promovido en contra del Decreto 525 que crea la Ley de Deuda Pública del Estado.
El Juzgado Primero de Distrito sobreseyó un juicio de amparo promovido por tres ciudadanos contra la promulgación de la Ley de Deuda Pública del Estado, al considerar que los quejosos no tienen interés legítimo para oponerse a la legislación.
El Juez José Daniel Nogueira Ruiz informó sobre la resolución del amparo 903/2011, promovido en contra del Decreto 525 que crea la Ley de Deuda Pública del Estado.
"El acto reclamado consistió en la publicación del decreto 525 que crea la Ley de Deuda Pública, bajo el argumento de que dicha deuda fue contraída ilegalmente, con documentos falsos y sin la autorización del Congreso Estatal, oposición que, a juicio del quejoso, se encuentra establecida en el artículo 17 de la Constitución local", informó el Juez.
"Este órgano jurisdiccional por sentencia engrosada el 22 de junio de 2012, resolvió sobreseer el amparo, estimando que no cuenta con interés legítimo para impugnar el mismo ya que son cuestiones que deben dirimirse entre los órganos del Estado y no genera una prerrogativa a los particulares, sino por conducto de sus representantes".
Con el sobreseimiento se da por terminado el proceso debido a la inexistencia de delito o la responsabilidad del inculpado.
El Congreso del Estado aprobó el año pasado la Ley de Deuda Pública que permitió, entre otras cosas, renegociar los pasivos por casi 34 mil millones de pesos contraídos durante el Gobierno de Humberto Moreira, en su mayoría sin autorización del Poder Legislativo y con documentos apócrifos.
La nueva legislación fue aplicada de forma retroactiva, con lo que el Estado pudo "legalizar" muchos de los créditos que originalmente se contrajeron a corto plazo, pero que a la larga se hicieron impagables.
La Ley de Deuda Pública anterior establecía que los créditos a corto plazo debían pagarse en seis meses, mientras que la nueva amplió el plazo a un año, incluso sin la autorización del Congreso.
Esta situación motivó a algunos ciudadanos inconformes a promover un amparo contra actos del Congreso y del entonces Gobernador interino Jorge Torres López.
Según el juez, el 6 de octubre de 2011 se desechó el amparo, pero el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del Octavo Circuito, residente en Saltillo, ordenó darle entrada.
Los quejosos fueron identificados como Roberto Gerardo Herrera Hernández, Pedro Alfonso Salazar Picón y Rosalba Beltrán Quintanilla, colaboradores del abogado Reyes Flores Hurtado, principal promotor de los amparos contra la megadeuda contratada durante el Gobierno de Humberto Moreira.
Flores Hurtado dijo que promoverá una revisión de la resolución emitida por el juez, una vez que sea notificado oficialmente.
Con información de Reforma
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