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Fotografía: archivo
De acuerdo al proyecto de sentencia, el cual será discutido en breve por la Primera Sala de la Corte, el ministro señaló que está acreditado que los elementos de la Agencia Federal de Investigación (AFI), agencia que estaba a cargo de Genaro García Luna (hoy secretario de Seguridad Pública federal) no contactaron de inmediato al consulado francés, motivo por el cual violaron “el derecho fundamental de los detenidos extranjeros a la notificación, contacto y asistencia consular”.
Asimismo, se comprobó que la gala no fue puesta a disposición inmediata del Ministerio Público Federal, “sino que, por el contrario, fue llevada al Rancho Las Chinitas a fin de que participara en un montaje preparado por las autoridades que la detuvieron”.
El proyecto señala que no encuentra justificación constitucional alguna en el que Florence Cassez fue retenida en esa propiedad y expuesta a una escenificación planeada y orquestada por la Agencia Federal de Investigación, con el objetivo de exponerla ante los medios de comunicación como la responsable de la comisión de tres secuestros.
Lelo de Larrea estableció que se enfrenta un caso en el que la violación a los derechos fundamentales a la asistencia consular y a la puesta a disposición sin demora, produjeron, por sí mismas, “una indefensión total de Florence Cassez”.
Estas violaciones, afirmó el ministro, provocaron la afectación total del procedimiento al tener una incidencia devastadora en otros derechos fundamentales, como la presunción de inocencia y la defensa adecuada.
“En consecuencia, el proyecto establece que hubo una violación al derecho fundamental a la presunción de inocencia de Cassez, el cual exige que cualquier persona imputada por la comisión de una conducta tipificada como delito, se tratada como inocente durante el trámite del procedimiento e, incluso, desde antes de que se inicie, pues puede ser el caso que ciertas actuaciones de los órganos del Estado incidan negativamente en dicho tratamiento”.
• El proyecto del ministro aclara que no censura que la prensa informe sobre los acontecimientos que resultan de interés nacional, como la lucha contra la delincuencia, sino que censura que las autoridades encargadas de una detención deformen conscientemente la realidad con el fin de crear un filtro de esta realidad a fin de exponer a una persona frente a la sociedad y, principalmente, frente a las futuras partes del procesos, como los culpables del hecho delictivo.
Arturo Zaldívar concluyó que carecen de fiabilidad las pruebas presentadas contra la extranjera, ya que los testimonios de las víctimas, así como las declaraciones de los policías, son producto de una deformación de la realidad provocada por la AFI.
El 10 de febrero de 2011, un Tribunal Federal determinó que estaba plenamente acreditado que Florence era responsable del delito de secuestro, delincuencia organizada, portación y posesión de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, motivo por el cual le negó un amparo definitivo, motivo por cual buscó un amparo en la Corte.
Redacción Emet - milenio
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