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*El IFE impedido para registrar candidatura de Manuel J. Clouthier*: especialistas

 
Fotografía: especial




Por ello, indicaron, el Instituto Federal Electoral (IFE) no tiene facultades para aprobar el registro de Clouthier y deberá negárselo, ante lo cual el sinaloense podrá recurrir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el cual podría eventualmente darle la razón.

En entrevista, Huchim dijo que la reforma al Artículo primero de la Constitución abrió un pequeño resquicio a la posibilidad de que se pudiera registrar una candidatura no partidaria (independiente).

Empero, subrayó, las disposiciones legales establecen que los partidos políticos son los únicos que pueden postular candidatos a puestos de elección popular, aunque la Constitución privilegia el derecho de las personas.

De ahí que al no estar facultado el IFE a registrar una candidatura no partidaria deberá negarle el registro, por lo que Clouthier tendrá que ir ante el TEPJF a reclamar el respecto a sus derechos ciudadanos.

Indicó que la situación es que al no estar prevista expresamente la posibilidad de una candidatura independiente, en el supuesto de que se le diera el registro se generarían problemas en materia de campaña, sobre todo en lo relativo al financiamiento público y a la fiscalización de recursos.

Huchim agregó que otro problema sería que no está previsto otorgar tiempos en radio y televisión a los candidatos independientes, pero Clouthier tampoco podría contratar o adquirir espacios para el desarrollo de su campaña, pues esto está prohibido.

Por ello, reiteró, “hay un resquicio para la posibilidad de que un candidato no partidario participe en la campaña presidencial, pero al no estar previsto esto expresamente en la Constitución y en la ley tendría que obtener esa candidatura al final de un litigio y generaría la problemática descrita”.

A su vez, Luis Carlos Ugalde recordó que a mediados de 2011 se hizo una reforma a la Constitución que introdujo que además de que “los ciudadanos tenemos garantías individuales y derechos políticos, hay un concepto superior que se llama derechos humanos”.


El ex presidente del IFE agregó que estos últimos deben ser armónicos con los tratados internacionales suscritos por México, en los que se reconoce el derecho de los ciudadanos a ser votados y que no haya restricciones, como el tener un partido político.

Señaló que derivado de esa reforma algunos magistrados electorales podrían interpretar que el hecho de que en una ley secundaria no se establezca la modalidad para competir de manera independiente no debiese ser un obstáculo para registrar a alguien como Clouthier.

En su oportunidad, el consejero del IFE Alfredo Figueroa dijo que existe la posibilidad de que el órgano electoral reciba la solicitud de Clouthier, quien ha manifestado públicamente su intención de ser registrado para competir por la Presidencia de la República.

Agregó que el IFE habrá de conocer el asunto y analizarlo en los términos y méritos que prevé la Carta Magna y el sistema electoral mexicano, incluida la reforma constitucional que en materia de derechos humanos se aprobó el año pasado.

Figueroa aclaró que es evidente que el sistema electoral mexicano no prevé en la parte legal que se registren candidaturas independientes, y el hecho de que no exista un mecanismo para su desarrollo debe ser valorado a la luz de los principios constitucionales.

Por ello, no se puede establecer un juicio a priori de algo que se desconoce, pero “como fue previsto el sistema electoral mexicano, no supuso la incorporación de esta figura, porque no aparece en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales”, concluyó.
Redacción Emet - ntx