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Si el año pasado la película Presunto culpable evidenció la realidad cotidiana de presos sin crimen en las cárceles de nuestro país, el caso Florence Cassez nos restrega el abuso de las instituciones
Lejos de construir un país en el que las procuradurías o fiscalías, o sea, el Ministerio Público, funcionen investigando delitos y los jueces penales o sus superiores sirvan para lo que nuestras normas dicen que tendrían que servir (impartir justicia), en México parece no tener fin el abuso e impunidad institucional.
Presunto culpable documentó el caso de José Antonio Zúñiga Rodríguez, joven detenido “en flagrancia” por la comisión de un homicidio. El juez Héctor Palomares ya había determinado su culpabilidad en el crimen. Aun con la intervención de los abogados Rafael Heredia, Layda Negrete y Roberto Hernández para que se repusiera el proceso, el mismo juez reiteró la sentencia condenatoria. Tuvo que intervenir la sala superior para que el caso fuera revisado y sólo entonces se logró evidenciar que no había elementos objetivos que señalaran al inculpado como responsable del homicidio. Queda la duda de si hubiera sucedido lo mismo sin filmación del proceso.
En estos meses hemos visto otros casos como el de la indígena Inés Fernández, que después de recurrir al Ministerio Público y a la justicia penal federal para acusar a elementos militares de violación y agresiones en su contra y no hallar justicia, acudió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que consideró fundada su queja y remitió su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que emitió una recomendación al Estado mexicano para eliminar el fuero militar, pedir una disculpa pública e indemnizar a la víctima. El fuero militar aún no se elimina, la víctima ha recibido una disculpa del secretario de Gobernación incapaz de indicarle respecto de qué se le ofrecía y apenas en estos días se ha anunciado que se indemnizará a la quejosa... ¡diez años después de que ocurrieron las agresiones!
Ciudad Juárez sigue documentando --por más denuncia internacional, películas, estructuras burocráticas y recursos económicos que ha recibido-- más y más casos de jóvenes asesinadas y familiares que no hallan justicia local ni autoridad que se quiera comprometer por cambiar la situación.
Apenas hace un par de semanas, en el programa de Carmen Aristegui,
Y ahora la francesa y el montaje de Genaro García Luna.
Ya habíamos sido testigos, en 2005, del caso de un gobernador que ponía a sus agentes al servicio del empresario Kamel Nacif para vengarlo –incluso fuera de su estado-- de la periodista Lydia Cacho que había osado exhibir sus actos de pederastia.
Ahora, en cadena nacional y frente a reflectores internacionales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha dejado presionar por un presidente que acometió con energía los días previos al miércoles 21 de marzo para evitar la votación favorable del proyecto del ministro Arturo Zaldívar. Y lo logró.
Las revistas Nexos, Proceso, MVS Noticias y La Jornada, entre otros medios de comunicación, lograron documentar lo que la defensa de la extranjera inculpada señaló en el juicio: que al parecer todo responde a la venganza de un empresario de nombre Eduardo Cuauhtémoc Margolis Sobol, amigo de Genaro García Luna.
Por supuesto, si no conocemos más escenario de crimen que el que se fabricó, no podemos más que atender a las coincidencias que señalan al empresario en el caso: socio del hermano de Florence Cassez, conocido del novio coacusado con la francesa, empleador de la víctima del secuestro y presente en la remisión de la francesa en la SIEDO.
En fin, éstos son sólo casos expuestos a la opinión pública. En el universo de los miles de casos denunciados diariamente ante el Ministerio Público, la impunidad es aún más rampante. A las víctimas se les deja esperando horas para tomarles denuncia, si es que se les toma; las víctimas tienen que aportar todas las pruebas porque el Ministerio Público no investiga absolutamente nada y ni así consiguen la actuación de la autoridad; los abogados penalistas no se preparan para presentar casos sino para defender a acusados, y el dinero pronto es el que dicta el ritmo de la averiguación y las posibilidades de avance de una u otra de las partes.
Me ha correspondido atestiguar más de 70 denuncias penales, por las labores que he desempeñado en distintos momentos, desde la asesoría particular hasta la administración pública. Falsificación de documentos, extorción, fraude. En alguna ocasión un funcionario detuvo a un falsificador de documentos persiguiéndolo físicamente y lo llevó a la agencia en la que ya habíamos logrado que declararan al menos cuatro víctimas de la falsificación; no pasó ni una semana para que el Ministerio Público lo dejara libre sin acreditar que hubiera hecho esfuerzo alguno para retenerlo.
En fin, la autoridad federal ha anunciado con bombo y platillo su reforma penal de 2008 basada en el sistema acusatorio y la oralidad del proceso. Sin duda tiene elementos positivos, como otorgar el poder de dictar actuaciones al juez penal y con ello, retirar el control absoluto de la investigación al Ministerio Público. Además, con la oralidad se prevé reducir tiempos muertos del propio juez y minimizar el burocratismo y la oscuridad en el proceso penal.
Sin embargo, no se resuelven varias de las deficiencias actuales de las procuradurías:
- Que el MP no intenta realizar investigaciones en todos los casos. Y que sea él mismo el que determina la no acción penal, es decir, el que califica que no hay elementos que investigar.
- La ausencia de reglas, protocolos, de investigación que lleven a indagar de manera inmediata la escena del crimen, y buscar y cuestionar testigos, detectar indicios, escudriñar bancos de datos privados y públicos, sin que la víctima tenga que sustituirlo.
- Generar mecanismos de vigilancia extremos sobre la actuación del MP partiendo de que se trata de uno de los funcionarios públicos más corruptible que hay por el poder sobre la libertad de las personas o la posibilidad de hacer justicia que tiene.
Lejos de resolver estas realidades, la reforma constitucional de 2008, que tocará al próximo gobierno terminar de implementar a más tardar en 2016, otorga al MP la posibilidad de desestimar la investigación de delitos menores en los que no haya suficiente evidencia (él mismo lo determina) y ofrecer salidas alternas que pueden no derivar precisamente en justicia. Paralelamente, la autoridad ministerial ya no deberá acreditar ante el juez los indicios que tiene contra cierta persona señalada para que se le pueda capturar o iniciar un proceso en su contra. Sólo deberá ofrecer datos que “…establezcan que se ha cometido un hecho que la ley señale como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión” (art. 19, párr. primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
Finalmente, la reforma también contiene una inquietante salida fácil para el Ministerio Público: en vez de obligarlo a investigar como un deber ineludible del Estado hacia las víctimas de delitos, posibilita las investigaciones privadas. Si bien es correcto que el juez pueda valorar pruebas ofrecidas por la víctima directamente, no es correcto que se exima al MP de investigar en todos los delitos. Tal como se encuentra el sistema de impunidad e injusticia en las procuradurías de nuestro país, eso significaría única y llanamente pensar que ahora podrían tener acceso a la justicia quienes realicen sus propias investigaciones…
¿Funcionarán algún día las instituciones de justicia mexicanas?
Lenia Batres Guadarrama - Opinión EMET
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