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Empresario Miguel Sacal ingresa al Reclusorio Oriente

 
Empresario Miguel Sacal ingresa al Reclusorio  Oriente
En el reclusorio, un juez tendrá entre 48 y 72 horas -si lo solicita la defensa- para dar auto de formal prisión o auto de libertad a Sacal, con base en las pruebas que le presenten.



A través de un comunicado, la abogada del empresario, Adriana Vargas Ganoa, confirmó que el delito contra Sacal fue reclasificado.
"Ante las diversas publicaciones e informaciones que los medios de comunicación han realizado sobre la persona de mi cliente Miguel Sacal, respecto a una nueva orden de aprehensión, se les informa que el día de hoy 15 de febrero de 2012, se compareció ante el Juez 23 Penal de Delitos No Graves, donde efectivamente debido a una dudosa reclasificación, el delito de lesiones que se le imputa a mi representado, ha sido reclasificado.
"En el afán de dar cabal cumplimiento a los requerimientos de la autoridad, tomamos la decisión de presentarnos en el Reclusorio Preventivo Oriente, para enfrentar legalmente estos hechos, en la inteligencia de que el proceso se encuentra próximo a dictar sentencia y de que en ejercicio de la garantía de defensa, se emplearán los procedimientos previstos en la ley para garantizar un proceso justo y apegado a derecho", señala el documento.
En el reclusorio, un juez tendrá entre 48 y 72 horas -si lo solicita la defensa- para dar auto de formal prisión o auto de libertad a Sacal, con base en las pruebas que le presenten.
Una nueva valoración pericial practicada a Hugo Enrique Vera, el valet de la Torre Altus de Bosques de las Lomas, quien fue agredido por Sacal, determinó que las lesiones causadas en junio pasado deben ser calificadas como graves.
Ese estudio determinó que las piezas dentales que perdió el valet no sanaron y se reclasificó como una pérdida total de un miembro del cuerpo.
De esa forma, explicaron funcionarios ministeriales, el expediente fue enviado a un Juzgado Penal y el delito fue reclasificado como lesiones dolosas agravadas.
Ahí se giró una nueva orden de aprehensión contra el empresario.
El artículo 130 del Código Penal del DF señala que al que cause a otro un daño o alteración en su salud se le impondrán una pena de 3 a 8 años de prisión si producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad o causen una enfermedad incurable o una deformidad incorregible.
Redacción EMET