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Además también serán considerados como delitos federales los cometidos contra el procurador de la República, los ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial,
Así como los magistrados del Tribunal Electoral Federal, los integrantes del Consejo General del IFE y contra el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Las reformas al artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación señala que no se trata de desestimar la eficiencia y capacidad de los gobiernos locales y sus autoridades, sino de fortalecer la procuración y administración de justicia en los casos en los que por la mayor importancia de los bienes jurídicos que se lastiman, sea más conveniente la intervención de las autoridades federales.
Las autoridades federales disponen de mayores recursos humanos, materiales y técnicos para enfrentar a la delincuencia organizada y juzgar a sus autores, señaló el Senado.
El órgano legislativo precisó que sucesos pasados y recientes han manifestado la necesidad de atraer la investigación de delitos graves consumados en contra de políticos importantes, lo que justifica la aprobación de esta reforma.
Así, a partir de esta modificación, el Ministerio Público tendrá la obligación de considerar como delitos federales cualquiera que se cometa en contra de los funcionarios públicos señalados.
La reforma se turnó al Ejecutivo federal para su publicación, luego de que la minuta estuvo congelada por 12 años en el Congreso.
Redacción EMET
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